Según el Código del Trabajo Portugues, la compensação das despesas resultantes do teletrabalho são responsabilidade da empresa. Por lo tanto, todos los gastos adicionales que el trabajador soporte, como la adquisición o uso de los equipos y sistemas informáticos necesarios para llevar a cabo el trabajo, lo que incluye los gastos con electricidad, internet o mantenimiento informático.

Tras la pandemia, muchas empresas han adoptado el teletrabajo como una forma de superar las barreras geográficas existentes y facilitar la comunicación.

El 1 de mayo de 2023 se definió que la compensación por teletrabajo debía ser pactada entre el empleado y el empleador. Aun así, no se definió hasta qué monto habría exoneración de pago para el empleador.

¿Cuál es la compensación por gastos de teletrabajo?

Tras la publicación de la Portaria nº 292-A/2023, de 29 de setembro, se definió finalmente que el valor diario por la prestación de trabajo en régimen de teletrabajo sería de 1 €, lo que corresponde al final de un mes a 22 € (22 días de trabajo).

El importe de 1€ por día se divide entre los gastos con:

  • Consumo eléctrico residencial (0,10€)
  • Consumo de Internet (0,40€)
  • Equipo informático o informático personal equivalente (0,50€)

Esta cantidad se puede incrementar en un 50%, es decir, 1,5 € diarios , lo que corresponde a 33 € mensuales, si se define en la negociación colectiva.

Es importante tener en cuenta que la exención del IRS solo es aplicable, según la ordenanza, para "bienes o servicios que no están disponibles directa o indirectamente para el empleado por el empleador" y que el valor diario asignado solo es aplicable para días completos de trabajo.

¿Cuándo entra en vigor?

Esta ordenanza entrará en vigor a partir del 1 de octubre de 2023.

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